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Si se ha lesionado en el trabajo y el médico que le atiende le ha dado la baja, puede tener derecho a una prestación por incapacidad temporal por el tiempo que falte al trabajo. Las prestaciones por incapacidad temporal las paga la compañía de seguros (o la empresa autoasegurada) para sustituir los salarios perdidos cuando se le da de baja.
Un empleado puede tener derecho a las prestaciones por incapacidad temporal mientras esté de baja por el médico tratante autorizado debido a la lesión sufrida en el lugar de trabajo, siempre que la cuantía de la prestación esté dentro de los importes máximos o mínimos establecidos por la ley de Tennessee.
Las prestaciones por incapacidad temporal no están relacionadas con la incapacidad de la Seguridad Social ni con ninguna incapacidad a corto o largo plazo ofrecida por su empleador que no esté relacionada con la compensación de los trabajadores. Estas prestaciones tampoco son pagadas por la Oficina de Compensación Laboral de Tennessee.
Si el médico tratante autorizado restringe la capacidad de trabajo de un empleado lesionado, por ejemplo, limitando el número de horas trabajadas o el tipo de trabajo realizado, es muy importante que se sigan las instrucciones y restricciones del médico en todo momento. El empleado debe obtener del médico una descripción detallada de las restricciones laborales para proporcionárselas al empresario. Si la empresa puede ofrecer un trabajo dentro de esas restricciones, debe hacerlo. Si no se presenta a los trabajos ligeros ofrecidos por el empleador, se pueden extinguir las prestaciones por incapacidad temporal.
Los primeros siete días de cada nueva reclamación son un periodo de espera no pagable. El primer día de pago es el octavo día de su solicitud. Revise el resumen paso a paso del proceso de reclamación de DI para saber más.
Le enviamos el Aviso de Cálculo (DE 429D) para informarle de su posible importe semanal y máximo de prestaciones en función de los salarios que haya ganado en su periodo base. Es posible que necesitemos más información antes de tomar una decisión sobre su derecho.
No, sus prestaciones del Seguro de Invalidez (DI) no son declarables a efectos fiscales. Sin embargo, si está recibiendo prestaciones del Seguro de Desempleo (UI), queda incapacitado para trabajar debido a una discapacidad y comienza a recibir prestaciones del DI, una parte de sus prestaciones del DI se declarará a efectos fiscales.
Si esto ocurre, le enviaremos un aviso con su primer pago de prestaciones. En este aviso se le informará de que sus prestaciones se declaran al IRS. En enero le entregaremos un formulario 1099G en el que se indican las cantidades declaradas (que no superan el máximo de la prestación por desempleo). También enviaremos una copia del 1099G al IRS.
Foro de discapacidad para mayores de 55 años
El pago del RAI es generalmente por mensualidades de 30 días, a partir del 10 y del 15 del mes inmediatamente siguiente al que se debe el pago. con algunas excepciones, a través del pago a la luz de la entidad financiera que indique, siempre que sea titular de la misma.
El acceso al RAI como víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica esta condición debe pasar por una sentencia judicial, orden judicial de protección, informe del fiscal o el informe de los servicios sociales de la administración pública competente (ámbito autonómico o local) o centro de acogida, indicando que recibió asistencia por esta circunstancia o certificación emitida por el órgano competente.
Desde el 1 de enero de 2022 la nueva certificación administrativa para acreditar la condición de víctima de violencia de género, sin perjuicio de que deba expedirse en breve a solicitud de la Renta Activa de inserción (RAI).Este certificado deberá ser expedido por las entidades e instituciones que tengan atribuida la competencia en el ámbito de la comunidad autónoma.La acreditación de la condición de víctima de violencia de género no excluye la consecución del resto de requisitos Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre.
La pensión máxima mensual para los mayores de 57 años será del 80 % del Salario Medio Mensual (SMM) percibido durante los tres últimos años inmediatamente anteriores a la jubilación. La pensión máxima para los que tengan 57 años o menos será del 75 % del SMA.
Opción 1: Pensión automática – En esta opción, los jubilados menores de 60 años pueden elegir entre recibir una pensión mensual automática de por vida o la opción de acogerse a una suma global. El pago único, que puede solicitarse cada seis meses, significa que pueden recibir por adelantado su pensión mensual de un año durante un periodo de cinco años. Al sexto año, empezarán a recibir su pensión mensual vitalicia.
Opción 2: Suma global inicial de tres años – Quienes tengan al menos 60 años pero menos de 63 en la fecha de la jubilación tienen derecho a una suma global de tres años. La suma global posterior de dos años se pagará a los jubilados cuando cumplan 63 años. Los jubilados que sigan viviendo después del periodo garantizado de cinco años, tendrán derecho a una pensión mensual de por vida.