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Si tiene una discapacidad, es ciego o tiene más de 65 años y además tiene bajos ingresos y recursos limitados, puede tener derecho a la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), un programa gestionado por la Administración de la Seguridad Social (SSA).
Si tiene derecho a la SSI, recibe pagos mensuales en efectivo para ayudarle a cubrir sus necesidades básicas. Una persona soltera puede recibir hasta 841 dólares al mes en prestaciones. También obtiene automáticamente la cobertura sanitaria de Medicaid, sin tener que presentar una solicitud por separado.
Si recibes las prestaciones de la SSI y empiezas a trabajar, es probable que acabes mejor económicamente. Las normas de la SSI están diseñadas para ayudarle a encontrar trabajo y asegurarse de que sus ingresos totales sean mayores después de conseguir un empleo.
Algunas personas tienen derecho a ambos programas al mismo tiempo. Si recibe prestaciones de la Seguridad Social, pero no está seguro de cuáles le corresponden, abra una cuenta gratuita de Mi Seguridad Social o solicite una Consulta de Planificación de Prestaciones (BPQY) gratuita en su oficina local de la Seguridad Social o llamando al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY).
Cuando la mayoría de la gente piensa en la asistencia sanitaria, tiende a pensar en la atención clínica o médica, como ir al hospital o a la consulta del médico. Pero la atención médica sólo representa el 20% de la salud y el bienestar de una persona. El otro 80% se ve afectado por factores ambientales, conductuales, sociales y económicos.
Los determinantes sociales de la salud son las condiciones del entorno en el que nacemos, vivimos, aprendemos, trabajamos, jugamos, rendimos culto y envejecemos. Afectan a una amplia gama de problemas de salud, riesgos y resultados. También influyen en la calidad de vida de las personas.
Nos basamos en nuestros fuertes lazos comunitarios con los proveedores de atención sanitaria, los pagadores, las organizaciones sin ánimo de lucro, las empresas, los líderes cívicos y las personas a las que servimos. Por ello, investigamos, probamos, damos forma e invertimos en soluciones innovadoras para mejorar la salud de todos en nuestra región.
Estamos liderando un enfoque nacional sobre los SDOH para redefinir la atención sanitaria y crear un nuevo modelo que invierta en la salud pública, invite a las asociaciones nacionales y locales y ponga en práctica intervenciones que afecten a los numerosos factores que afectan a la salud individual y comunitaria.
Entre los genes de susceptibilidad para la Enfermedad de Parkinson Esporádica (SPD), el gen MTHFR ha sido sugerido como candidato. El alelo A de la variante funcional rs13306560 en su región promotora se ha relacionado con una menor capacidad de transactivación. Por lo tanto, se buscó determinar una posible asociación del rs13306560 y el SPD.
En total, se genotipificaron 237 individuos, 113 pacientes con SPD diagnosticados según los criterios del Queen Square Brain Bank y 124 controles neurológicamente sanos. El genotipado se realizó mediante sondas TaqMan para el rs13306560 y PCR en tiempo real.
El alelo A se asoció a la protección en SPD, bajo el modelo dominante, (OR=0,22, C.I.=[0,048-1,080], p=0,04), sin embargo, tras el análisis de regresión logística con ajuste por género, resultó sólo una tendencia (Exp (β)=0,211, [C.I. 95,0%, 0,042-1,057], p=0,058).
Cada Comunidad Autónoma cuenta con un Servicio de Salud, que es la estructura administrativa y de gestión que comprende todos los centros, servicios y establecimientos de la región, las diputaciones provinciales, los ayuntamientos y cualquier otro organismo administrativo de la región.
Tras el traspaso de las competencias sanitarias, todas las CCAA son responsables de la asistencia sanitaria en sus regiones. En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, la Administración Central del Estado sigue gestionando la asistencia sanitaria a través del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA).
En España, la asistencia sanitaria está garantizada por el SNS, financiada por el Estado, a las personas que tienen la condición de asegurado o beneficiario de un asegurado. Tienen la condición de asegurado las personas que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
En aquellos casos en los que no se dé ninguna de las situaciones anteriores, los nacionales de España o de un Estado miembro de la UE, del EEE o de Suiza que residan en España, así como los extranjeros autorizados a residir en territorio español, podrán ostentar la condición de asegurado siempre que acrediten no tener rentas anuales superiores a 100.000 euros. Tienen la condición de beneficiarios de un Asegurado -siempre que residan en España- el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, el excónyuge a cargo del Asegurado y los descendientes o asimilados a cargo del Asegurado menores de 26 años o con una discapacidad igual o superior al 65%.