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Dependiendo de su estatus de residencia y de su propia situación personal, puede necesitar otros formularios y calendarios. Para obtener más información, consulte nuestra página de Formularios y Publicaciones o los formularios e instrucciones que se proporcionan en la sección Examinar o Buscar Formularios a continuación.
El Departamento anima a todos los contribuyentes a presentar la declaración electrónicamente; es rápido y seguro. Hay tres maneras de presentar la declaración: (1) usando nuestro sitio web, sin costo alguno, (2) comprando un software para preparar sus impuestos o (3) usando un profesional de impuestos para presentar la declaración electrónicamente.
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Último día para presentar los impuestos de 2016 para su devolución
El IRS afirma que anualmente retiene alrededor de 1.500 millones de dólares en reembolsos para aquellos que no han presentado una declaración cada año. Para las declaraciones federales de 2019, después del 18 de abril de 2023, ya no podrá reclamar este reembolso. Aunque ya no pueda presentar electrónicamente las declaraciones de 2019, prepare y envíe por correo sus formularios de declaración de impuestos de 2019 antes del 18 de abril de 2023 para poder reclamar su reembolso; ¡no deje que su dinero vaya a parar al IRS! Si vas a recibir un reembolso en tus declaraciones de 2020 o 2021 y aún no las has presentado, ¡no esperes hasta el último momento! Prepara y presenta tus declaraciones de 2020 o 2021 para obtener tu reembolso.
¿Le espera una devolución de impuestos? Tiene tres años para presentar la declaración de la renta y reclamar su reembolso y no se enfrentará a una multa por presentación tardía por hacerlo. Por ejemplo, la fecha límite para reclamar una devolución de impuestos de 2018 era el 18 de abril de 2022. Tal como está ahora, los contribuyentes que aún no han presentado una Declaración de Impuestos de 2019 y se les debe un reembolso tendrán hasta el 18 de abril de 2023 para reclamar esta cantidad antes de que vaya al Tesoro de los Estados Unidos. Una vez más, no se enfrentará a multas por retraso si se le debe una devolución de impuestos. No necesita presentar una prórroga fiscal si no debe impuestos.
Base de datos de reembolsos no reclamados del IRS
Solicitud de prórroga para presentar la declaración anual y la conciliación del impuesto sobre la renta y el uso (formulario G-49), la declaración anual y la conciliación del impuesto sobre la renta (formulario TA-2) o la declaración anual y la conciliación del impuesto sobre la renta (formulario RV-3)
Declaración periódica de retenciones fiscalesNOTA IMPORTANTE: No se aceptarán declaraciones complementarias. Si es necesario realizar cambios en una declaración ya presentada, presente una declaración enmendada para ese período de presentación.
Poderes de representaciónA partir del 1 de julio de 2017, el Departamento exigirá que toda persona que represente a un contribuyente en calidad de profesional se registre como “profesional verificado”. Cualquier persona que no esté obligada a registrarse como “practicante verificado” deberá utilizar su número de seguridad social completo en el formulario N-848 o registrarse para obtener un número de identificación de “representante de asuntos fiscales”. El Departamento no aceptará versiones anteriores del Formulario N-848 después del 30 de junio de 2017. Por favor, consulte el Anuncio de Impuestos 2017-03 para más detalles.
Búsqueda gratuita de dinero no reclamado del IRS
La declaración de la renta se refiere a un año fiscal concreto. Un año fiscal es un período de doce meses que termina el 30 de junio, es decir, el año financiero y se denota por el año natural en el que cae dicha fecha. Por ejemplo, el año fiscal 2017 abarca el período comprendido entre el 1 de julio de 2016 y el 30 de junio de 2017.
El año fiscal incluye el año fiscal especial, que significa cualquier período de doce meses y se denota por el año natural correspondiente al año fiscal normal en el que cae la fecha de cierre del año fiscal especial. Por ejemplo, el año fiscal correspondiente al período de doce meses comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2016 se denominará año natural 2017 y el período de doce meses comprendido entre el 1 de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de 2017 se denominará año natural 2018.