Impuesto del Irpf
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El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF) es un impuesto personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y sus circunstancias personales y familiares.
El umbral exento de tributación personal y familiar constituye la parte de la base imponible que, por estar destinada a cubrir las necesidades vitales del contribuyente y de las personas que de él dependen, no está sujeta a tributación.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se aplica en todo el territorio nacional, con las especialidades previstas para Canarias, Ceuta y Melilla, y sin perjuicio de los regímenes fiscales forales de concierto y convenio económico vigentes, respectivamente, en los Territorios Históricos del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.
Agencia Tributaria de España
El modelo 145 es un impreso de la Agencia Tributaria dedicado al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a través del cual el contribuyente informa a su pagador (normalmente, su empleador) sobre su situación fiscal y familiar, que luego se utiliza para definir el porcentaje de retención del IRPF que se aplica a su salario.
Este documento es esencial para su declaración de la renta del año, que presentará al año siguiente, ya que servirá de base para calcular la retención del IRPF que se aplica a su salario cada mes. Por lo tanto, la exactitud con la que rellene el modelo 145 tendrá un impacto significativo en su salario neto.
La Agencia Tributaria obliga a tu pagador, es decir, a la empresa para la que trabajas, a retener una parte de tus ingresos como impuesto a pagar posteriormente en tu declaración de la renta. En este sentido, tus circunstancias familiares (si tienes personas a tu cargo o eres considerado familia numerosa por la legislación española) y personales (por ejemplo, si tienes una discapacidad), influirán en el cálculo de tu porcentaje de retención.
Impuestos en España
Si piensa emplear a un miembro del personal que viaja mucho, aunque sólo sea a clientes o proveedores locales, puede pagarle las dietas de manutención. Esto le permite aumentar su salario sin tener que aportar más IRPF sobre su sueldo.
Si las funciones habituales de uno de sus empleados implican que se desplace a otros municipios por motivos de trabajo de forma regular, la empresa tiene derecho a entregarle cheques restaurante o dietas de manutención. Estos cheques de manutención son una forma eficaz de aumentar su salario con un coste menor para la empresa.
Los cheques de manutención emitidos por una empresa no tributan en la parte del IRPF de la nómina del trabajador. Y como su empresa no pagará el dinero directamente al empleado, su coste es menor que el de pagar la cantidad equivalente en caso al empleado. Sin embargo, siguen contando como un “complemento” del salario del empleado, y su empleado recibe mensualmente la misma cantidad neta, más el ahorro en el impuesto.
El irpf lo paga la empresa o el trabajador 2021
Los empleados extranjeros pueden ser contratados en todas las actividades desarrolladas en el territorio nacional. El sistema migratorio en Uruguay contempla diferentes formas de ingreso al país: residencia temporaria, residencia permanente o no residente. Para trabajar, los extranjeros deben tener residencia temporal o permanente, otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones de Uruguay.
Las personas físicas que viven en Uruguay están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Además, las personas físicas pagan el Impuesto al Patrimonio cuando sus bienes ubicados en el país superan el monto mínimo no imponible, establecido por el Poder Ejecutivo anualmente.
El IRPF es un impuesto personal y directo que grava las rentas obtenidas por las personas físicas residentes en Uruguay. Son residentes todas las personas físicas que permanezcan en Uruguay más de 183 días durante un año natural y que establezcan su actividad principal o tengan intereses económicos o vitales en Uruguay. El pago se realiza de forma anual y se liquida -como norma general- el 31 de diciembre de cada año, sin perjuicio de los anticipos y retenciones que se realicen por los distintos tipos de rentas.